Tras las medidas limitativas en materia de gestión de RRHH adoptadas por la Administración para garantizar la asistencia sanitaria a la población, en la dinámica de vuelta a la normalidad se hace necesario replantear las medidas de gestión de RRHH, tendentes a recuperar la situación anterior al COVID19.
En la Mesa Sectorial de Sanidad de hoy se ha firmado un Acuerdo en ese sentido que recoge las siguientes medidas:
1.- Se concederán los permisos, licencias y reducciones de jornada con los mismos criterios de antes del inicio de la pandemia del COVID19. Tendrán preferencia aquellos trabajadores a los que se les hubiera negado o suspendido alguno de ellos por motivos de la crisis sanitaria.
2.- Las reducciones del 10% por hijo menor de 3 años que se hubiesen suspendido, se amplían hasta los 3 años y dos meses o bien la devolución de las horas del periodo bonificado no disfrutado.
3.- Se establece de forma excepcional y solo para el 2020 el periodo ordinario de vacaciones entre el 15 de junio y el 15 de octubre:
- Se disfrutarán los periodos solicitados y concedidos antes de la crisis dentro del periodo ordinario.
- El personal que solicite voluntariamente las vacaciones la primera quincena de junio, disfrutará de 3 días adicionales
- El personal que no lo ha solicitado pero que le ha correspondido por rueda la primera quincena de junio, disfrutará este periodo y se le conceden 3 días adicionales o bien podrá solicitar las vacaciones dentro del periodo ordinario.
- Los días adicionales no pueden juntarse a las vacaciones, salvo acuerdo en contrario.
- Se extiende la posibilidad del disfrute de las vacaciones hasta el mes de diciembre de 2020, inclusive.
4.- Se garantiza que las profesionales embarazadas que han sido clasificadas como personal especialmente sensible y han sido apartadas del servicio, perciban sus retribuciones íntegras. UGT había trasladado al IBSALUT la necesidad de proteger especialmente la maternidad y que era necesario adoptar especiales medidas de protección de la misma. Nos congratula la respuesta del IBSALUT.
5.- Se establecerá prioridad de contratación para el personal temporal que por motivos del COVID19 no ha podido renovar su contrato o acceder al mismo.
6.- Se acuerda la reactivación de las diferentes mesas técnicas para el inicio de las negociaciones fijando como objetivo ceñir la contratación al acuerdo de bolsa.