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UGT Y CCOO APUESTAN POR LA CONTINUIDAD DEL PROCESO NEGOCIADOR PARA TRATAR DE MEJORAR LAS CONDICIONES FUNDAMENTALES DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS DEL SECTOR

CONVENIO COLECTIVO SANIDAD PRIVADA

UGT y CCOO tienen la intenció n de poder discutir no solo el aspecto econó mico y tambié n considerar diferentes opciones que no impidan el desarrollo continuado del proceso negociador. Por ello ha elaborado y remitido una propuesta viable que consideramos que añ ade mejoras considerables a las condiciones actuales sin dejar de ser responsable, realista y comprometida.

Tras las aportaciones recibidas por el personal trabajador se elaboró una propuesta gené rica de 29 puntos agrupados en 7 bloques temá ticos con el objeto de que sean abordados y acordados de forma unitaria (bien de forma articulada o por bloques). 

BLOQUE 1. JORNADA LABORAL Y RATIOS

1. Reducción general del la jornada laboral hasta las 35 horas semanales (1600 horas anuales) para todo el personal. Podría realizarse de forma escalonada según vigencia de convenio (reducción por tramos hasta las 1600 horas efectivas al final de la vigencia del convenio).

2. En los casos en los que se preste jornada diaria continuada de al menos 5 horas diarias el periodo de descanso será de 15 minutos y se considerará tiempo de trabajo efectivo.

3. Regular y computar tiempo de solape de jornada como tiempo de trabajo efectivo.

4. Establecer sistema de ratios por categoría y por número de pacientes y/o unidad. 

BLOQUE 2. PERMISOS Y VACACIONES. TEMAS IGUALDAD, CONCILIACIÓN Y DIVERSIDAD

1. MATRIMONIO Y REGISTRO DE PAREJA ESTABLE. Equiparar el permiso de registro de pareja estable con el de matrimonio. Se añadirá al epígrafe del párrafo 1º del artículo 21º de Licencias y Permisos retribuidos “MATRIMONIO Y REGISTRO COMO PAREJA ESTABLE”. Suprimir párrafo 2º.

2. FALLECIMIENTO. Establecer periodo de 15 días durante el cual se podrá disfrutar del Permiso por fallecimiento. Por tanto no se disfrutará necesariamente desde el primer día del hecho causante.

3. TRASLADO DOMICILIO HABITUAL. Añadir que no cabrá límite anual. Añadir que el día que se disfrutará será laborable (“Un día laborable por…”) . 

4. ENFERMEDAD O ACCIDENTE. Modificar texto permiso por enfermedad, ingreso y hospitalización actualizándolo a la reforma del texto del Estatuto de los Trabajadores. Se establecerán 5 días para todos los parientes de 1er y 2º grado. Incluir a familiares hasta el 3er grado (1 día). Mantener mismo redactado para aquellos hechos que precisen el desplazamiento fuera de la isla (2 días adicionales) y que no necesariamente se disfruten desde el primer día del hecho causante.

5. EXÁMENES. Establecer criterios más específicos para el disfrute del permiso por exámenes. Se incluirán además dentro de este permiso los exámenes de conducir (DGT) y OPEs.

6. ASISTENCIA A CONSULTAS MÉDICAS ESPECIALISTAS. El tiempo indispensable para acudir a consultas de especialistas médicos del Sistema Público de Salud o de carácter privado y/o realización de pruebas diagnósticas requeridas por los mismos, tanto en la propia isla como fuera de ella.

7. ACOMPAÑAMIENTO DE FAMILIARES. Horas necesarias retribuidas para acompañamiento de familiares de 1er grado a consultas médicas o pruebas diagnósticas tanto de carácter público como privado. Este permiso incluirá las horas necesarias para asistir a las visitas programadas de familiares ingresados en UCI y Hospitalización para información médica.

8. Todos los permisos serán disfrutados necesariamente en días laborables.

9. FESTIVOS LOCALES. El personal que trabaje durante el día de festivo local donde este situado el centro, devengará y percibirá un plus equivalente al valor de un día de salario por nivel retributivo en la cuantía que viene recogido en la columna correspondiente de los anexos I para cada uno de los años de vigencia del Convenio Colectivo. El percibo de este plus es incompatible con el fijado en el de la letra e).

10. Día más de vacaciones a partir del 9º año a disfrutar al 10º año. Suprimir párrafo que condiciona la forma de poder disfrutarlos. Los días extras de vacaciones a efectos de cómputo se contabilizarán según las horas del turno programado que se disfrute e independientemente del tipo de contrato.

11. Adaptar textos sobre Igualdad Diversidad y Adaptación de jornada. Teletrabajo y desconexión digital. 

BLOQUE 3. CLASIFICACIÓN PROFESIONAL Y FUNCIONES. MOVILIDAD

1. Adaptación nueva clasificación profesional según establece normativa vigente. 2. Carrera Profesional. 

BLOQUE 4. INCAPACIDAD

1. En los procesos de incapacidad derivados de enfermedad común o enfermedad no laboral la empresa complemetará hasta el 100% del salario real desde el primer día (incluidas gratificaciones extraordinarias). 

BLOQUE 5. RETRIBUCIÓN

1. Suprimir cláusula de absorción compensatoria de subida salarial.

2. 4% por año durante vigencia de convenio con carácter retroactivo desde 1 de enero de 2024. Se propone una vigencia de 2 años.

3. Cláusula de revisión salarial por cada año de vigencia del convenio. 

BLOQUE 6. SINDICATOS

1. Creación de una bolsa horaria única por organización sindical del conjunto de empresas adheridas al convenio. 

BLOQUE 7. GRUPOS DE TRABAJO COMISIÓN PARITARIA

1. Permisos y licencias.

2. Grupos Profesionales y Carrera Profesional.

3. Jornada Laboral. Solape de Jornada.

4. Teletrabajo y Desconexión Digital.

5. Igualdad y Diversidad. 

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